sábado, 27 de marzo de 2021

La Cena de Jesucristo y los apóstoles


    El cordero pascual de un año que se comía en la Cena de Pascua pesaba un mínimo de 25 kilos. Supongamos que desangrado y despellejado perdiera 10 kilos. Se quedaba en 15 kilos, vísceras incluídas, ya que había que asarlo al fuego con las vísceras.

    Un asado de cordero al horno lleva una hora por kilo. Al fuego es menos de la mitad. Supongamos que asar al fuego 15 kilos de cordero llevara 6 horas, que ya está bastante reducido el tiempo de asado. Una hora más llevaría matarlo y despellejarlo. En total 7 horas.

    Enseñan los testigos de Jehová que la matanza se llevaba a cabo después de la puesta del sol, es decir, a las 6 de la tarde hora solar. Siete horas a partir de las 6 de la tarde, el cordero estaría listo para cenarlo a las 1 de la madrugada, hora solar. La Cena de Pesaj o de Pascua, con todo su ceremonial, llevaba unas 3 horas, que era el tiempo de digestión de algo tan pesado como el cordero pascual. Por tanto la cena concluiría como mínimo a las 4 de la madrugada hora solar.

    Era costumbre no salir de casa en la noche de Pascua, a excepción de quienes habían cenado en casa de sus vecinos, que iban a su casa después de la cena. Siempre dentro de la ciudad.

    Las puertas de Jerusalén se cerraban definitivamente dentro de la primera vigilia, la cual terminaba a las 9 de la noche hora solar. Esas puertas estaban custodiadas por los soldados romanos y nadie podía entrar o salir de la ciudad, a no ser el hecho de entrar por la puerta denominada ‘aguja’, por la que el camello tenía que pasar de rodillas. Y esa puerta también se cerraba a cierta hora avanzada y estaba custodiada por los soldados.

    Ahora bien, dice el evangelio que Jesucristo y sus apóstoles salieron de Jerusalén la noche en que cenaron juntos. ¿Por dónde salieron, si las puertas estaban cerradas y custodiadas y nadie podía salir?

   

 

6 comentarios:

  1. Sepa la bola..............bien hecho siempre he coincidido con ese punto de vista

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  3. El cuerpo gobernante ha impuesto a los testigos de Jehová la obligación de obtener una prueba convincente de inmoralidad sexual del cónyuge o ex cónyuge para poder quedar, según ellos, “libre bíblicamente”, para poder casarse de nuevo sin ser expulsados.

    Dicha prueba, la cual explican los ancianos, e instan a que se lleve a cabo, consiste en ponerse en frente del domicilio del ex cónyuge desde el anochecer hasta el amanecer, junto con otro acompañante, para ser testigos oculares que declaren que pasó toda la noche en la misma casa con una persona del sexo opuesto (o con un homosexual declarado) en circunstancias impropias, y si hace falta, que se haga los días que fueren necesarios hasta obtenerla.

    Desde el 1 de Julio del año 2015, en España, por medio de la reforma del Código Penal, entró en vigor el delito de acoso que estipula lo siguiente en el artículo 172 ter:

    Las conductas no deseadas por parte de la víctima que pueden considerarse como delito de acoso son las siguientes:

    1- VIGILAR, perseguir o buscar una cercanía física.

    En general, el delito de acoso se castiga con pena de prisión de 3 meses a 2 años, o bien con pena de multa de 6 a 24 meses.

    Por otro lado, existe un TIPO AGRAVADO de pena por el delito de acoso cuando la víctima es el CÓNYUGE, EX CÓNYUGE...del autor. En este supuesto se impondrá una pena de prisión de 1 a 2 años o trabajos en beneficio de la comunidad de 60 a 120 días y no hace falta interponer una denuncia para poder perseguir el delito de acoso.

    Animo a tod@s l@s testigos de Jehová que se encuentren en dicha situación, a que tomen buena nota, se nieguen a cometer tal delito de acoso con nefastas consecuencias tanto para ell@s, como para sus acompañantes, si l@s detuviera la policía, y se dirijan a los ancianos de la congregación a la que pertenecen y a la sucursal de los testigos de Jehová en España también, para recriminarles que les están recomendando delinquir y exponiéndol@s a ser detenid@s y encarcelad@s o recibir una sanción tipificada en ley por acoso, además de inducirl@s también a cometer un pecado, según Romanos 13:1-7, para que el cuerpo gobernante elimine tal imposición de prueba convicente de porneia que ha impuesto, que además, no demuestra para nada que los vigilados mantengan relaciones sexuales.

    Y a tod@s l@s testigos de Jehová que a partir del 1 de Julio del 2015, se han visto obligad@s a hacerlo, también animo a que lo hagan para recriminarles a todos los riesgos a los que fueron expuest@s por cometer tal delito de acoso y hacerles caer en un pecado.

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    1. Buena imformacion los españoles tj tienen algo que pensar pero eso no tiene nada que ver con el tema.con todo respeto se que usted tiene en este sitio mucha axtividad y siempre contribye muy bien

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  4. Mi comentario lo puse en otro sitio por equivocación sobre la celebración de Jesús en la Pascua

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    1. Había varias puertas en Jerusalén en el siglo I. Los soldados romanos las cerraban al anochecer y nadie podía salir, por temor a que se fraguara alguna rebelión. Tampoco se permitían multitudes.

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